La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
1 comentario:
Buenos días, en referencia a la respuesta que dan sobre esta consulta, tengo una duda. La tabla 4.1 establece el dimensionado de los elementos de evacuación y establece para esto un ancho mínimo de 1,40m para pasillos y pasos en establecimientos comerciales con área de venta superior a 400m². Ahora bien en la definición de recorridos de evacuación el CTE establece: En establecimientos de uso Comercial cuya superficie construida destinada al público exceda de 400 m2
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los recorridos de evacuación deben transcurrir, excepto en sus diez primeros metros, por pasillos definidos en proyecto, delimitados por elementos fijos o bien señalizados en el suelo de forma clara y permanente conforme a lo establecido en SI 3-7.2 y cuyos tramos comprendidos entre otros pasillos transversales no excedan de 20 m. Hasta ahora entendía que desde todo origen de evacuación tenía que encontrar un elemento elemento de evacuación señalizado a menos de de 10m y que eran los elementos de evacuación los que tenían que cumplir la tabla 4.1, Es decir, si yo tengo una tienda de muebles donde existe mobiliario y zonas de estanterías o ambientes debería tener entres estas estanterías o ambientes un pasillo de evacuación a menos de 10m y en estas zonas cumplir el ancho mínimo de 1,20m para cumplir las condiciones de accesibilidad, dado que estas zonas no se consideran pasos o pasillos de evacuación Dado lo expuesto en la respuesta anterior, en cualquier zona por ejemplo donde se exponga mobiliario, o existan estanterías de decoración tendría que tener entre estas 1,40m aunque no se consideren elementos de evacuación, mi interpretación hasta ahora era, que desde todos origen de evacuación debo encontrar un pasillo o paso de evacuación señalizado a menos de 10m, pero ahora entiendo que debo dejar 1,40m, en este caso entre mesas o mobiliario expuesto o incluso entre modulos de exposicion de productos de decoaración. Es así? gracias
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