La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 8 de febrero de 2017

[1092] Reacción en medianerías. Aplicación del punto 4 sección SI 2.1

Desde los servicios técnicos municipales nos ha surgido una duda en relación a la aplicación del punto 4 de la Sección SI 2.1.- Medianeras y fachadas.
La reacción al fuego exigida a los materiales del acabado de las fachadas, ¿Resultaría de aplicación a los materiales de acabado de una medianera provisional, resultado de la construcción de un edificio entre medianeras y el solar colindante sin edificar?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, precisamente por su carácter previsiblemente provisional, en el DB SI no se establece una clase de reacción al fuego específica para los acabados de las medianerías, si bien es cierto que, por condicionantes diversos, estos elementos pueden quedar expuestos y accesibles durante un tiempo indeterminado.
En la medida en la que no se prevea que un incendio en la medianería pueda afectar a los ocupantes del propio edificio u otro colindante, no se considera necesario aplicar las condiciones establecidas en el DB SI 2.

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