La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 19 de enero de 2017

[1074] Mecanismos accesibles. Detector de presencia

Según el DB SUA, anexo A terminología, mecanismos accesibles:
“- No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos accesibles y vestuarios accesibles.”
Mi pregunta es la siguiente:
¿Son admisibles los encendidos mediante detectores de presencia en dichas cabinas?
Respuesta
La cuestión planteada no precisa interpretaciones o aclaraciones de este Ministerio, ya que se puede resolver aplicando el CTE u otra reglamentación vigente, los documentos de apoyo, comentarios y consultas publicados y el siempre imprescindible criterio técnico discrecional.
Ver comentario a la definición de mecanismos accesibles: Iluminación con detección de presencia

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