La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 21 de diciembre de 2016

[1072] Trampillas

Hola mi pregunta es si el CTE admite "puertas horizontales" tipo trampilla, tipo esta: http://www.tecnivall.com/automatismos/trampillas-y-sotanos para acceder a una escalera que conduce a un sótano trastero desde un porche. Con mecanismo hidráúlico de apertura. (La escalera ya he averiguado que tiene que cumplir las medidas de escalera de uso restringido) 
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, sin entrar a valorar su caso particular, el elemento practicable que describe no puede considerarse una puerta. Por lo tanto:
- A efectos de aplicación del DB SI, únicamente podría utilizarse en los casos en los que no se requiera el cumplimiento del apartado 6 del DB SI 3.
- A efectos de aplicación del DB SUA, no se establecen condiciones específicas para este tipo de elementos (trampillas). Sin embargo se advierte de que, además de las cuestiones específicas del caso derivadas de su configuración espacial establecidas en el DB SUA (protección de desniveles, condiciones de escaleras, etc.), como elemento automático deberá cumplir las condiciones de seguridad propias establecidas en su reglamentación específica.

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