La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 2 de diciembre de 2016

[1070] Recorridos de evacuación en sectores de riesgo mínimo

En la última versión comentada del DB SI, se incluye un comentario a la tabla 3.1. de la Sección 3 que indica que pueden aplicarse las limitaciones de longitud de recorrido de evacuación establecidas para espacios al aire libre cuando se trate de Sectores de Riesgo Mínimo.
Dichas limitaciones son de 50 m para una salida de planta y 75 m para más de una salida.
Por su parte la definición de Escalera Protegida establece que en planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde el desembarco de la misma hasta una salida de edificio, cuando dicho recorrido se realice a través de un Sector de Riesgo Mínimo, no debe exceder el límite que con carácter general se establece para cualquier origen de evacuación del sector.
¿Conforme lo anterior, en la planta de salida del edificio, los límites a los recorridos de evacuación a través de un Sector de Riego Mínimo desde el desembarco de una Escalera Protegida podrían ser de 50 y 75 m para una y dos salidas de edificio respectivamente ?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, efectivamente, conforme al comentario citado, el límite de longitud de recorrido de evacuación por un sector de riesgo mínimo (SRM) puede ser el establecido para un espacio al aire libre, desde cualquier origen de evacuación del mismo, incluso desde el desembarco de una escalera protegida.

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