La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 24 de octubre de 2016

[1039] Espacio exterior seguro

En relación a la consideración de espacio exterior seguro, realizamos la siguiente consulta:
¿Se puede seguir considerando un espacio exterior seguro si se realiza una intervención para cubrirlo parcialmente mediante lonas, siempre y cuando la disposición de estas permita una amplia disipación del calor, del humo y de los gases producidos por un incendio?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que la validez de un espacio exterior parcialmente cubierto como espacio exterior seguro y, con ello, de las salidas a éste como salidas de edificio, debe ser valorada en cada caso concreto.
Conforme a la Parte I del CTE, pueden adoptarse soluciones alternativas a las establecidas en el DB SI, siempre que se justifique documentalmente que la solución cumple las exigencias básicas del CTE porque sus prestaciones son, al menos, equivalentes a las obtenidas por aplicación del DB.

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