La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 24 de octubre de 2016

[1038] Recorridos alternativos por una misma escalera

Mi consulta es sobre la consideración como recorrido de evacuación alternativo de una escalera que se utilizaría tanto en sentido ascendente como descendente.
La duda se plantea para el caso de una planta baja y sótano comunicadas a través de escalera interior en el que por longitud de recorridos de evacuación es necesario dos salidas en ambas plantas.
Tanto en planta baja como en planta sótano se dispone de su correspondiente salida de planta (acceso desde calle y comunicación con zonas comunes del edificio respectivamente)
La duda surge con el comentario que se indica en la definición de recorrido de evacuación alternativo
A la vista de dicho comentario parece que la escalera solo puede tener la consideración de salida de planta para una única planta, es decir, si la consideramos para el sótano no se podría utilizar como salida de planta de la baja y viceversa.
Lo que me hace dudar es la referencia a hipótesis de bloqueo ya que en caso de que quedara inutilizada la escalera siempre existiría la posibilidad de evacuación a través de la otra salida existente (en el caso de sótano a través de zonas comunes y en planta baja a través del acceso desde calle) y en caso de que quedara bloqueada la salida se podría utilizar la escalera para comunicar con la salida existente en la otra planta.
Por tanto, ¿Seria viable considerar la escalera como salida de planta para ambas plantas cuando por longitud de recorridos de evacuación se necesitan dos salidas de planta y únicamente se dispone de una salida en cada una de las plantas (al margen de la escalera)?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que el comentario al que alude se refiere a casos en que dos recorridos alternativos que parten de una misma planta discurren en ambos sentidos de evacuación de una misma escalera no protegida.
Sin entrar a valorar el caso concreto que expone, nada impide que una escalera que une dos plantas sea salida de planta de ambas, siempre que ésta cumpla con las condiciones establecidas en la definición de "salida de planta" del anejo de Terminología, y cada planta disponga de los recorridos alternativos necesarios y éstos no discurran por la misma escalera.

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