La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 17 de octubre de 2016

[1036] Campo de fútbol como espacio exterior seguro

La consulta parte del comentario sobre las salidas en espacios al aire libre:
“La exigencia de salidas alternativas a partir de un determinado número de personas tiene relación con la posibilidad de bloqueo de alguna de ellas por el humo o por la proximidad del incendio. Dado que en un espacio al aire libre dicho riesgo es mucho menor que en el interior de un edificio, es menos probable que se produzca el bloqueo de una salida. Teniendo esto en cuenta, en zonas del edificio al aire libre situadas a nivel de salida de edificio cuya ocupación propia exceda de 100 pero no de 300 personas y que no cumplan las condiciones de “espacio exterior seguro”, puede admitirse disponer una única salida siempre que su anchura no sea menor que la suma de las anchuras exigibles si tuviese dos salidas.
Si, además de su propia ocupación, el espacio al aire libre recibe la evacuación de zonas interiores del edificio, el número y dimensionado de las salidas de dicho espacio al aire libre debe tener en cuenta dicha circunstancia.”
En el supuesto de instalaciones donde solo exista una salida pero se cumplan las condiciones de espacio exterior seguro (En el interior de la instalación). El caso concreto son los estadios de futbol de barrio: ¿Cuál tendría que ser la ocupación máxima, partiendo que en estas instalaciones el acceso al espacio exterior seguro se realiza saltando una valla, por lo tanto los recorridos no son libres de obstáculos ni accesibles? Se debe considerar, en estos casos, que el recorrido deba ser libre de obstáculos y accesible?
Y, cómo se debería interpretar la ocupación máxima? Podríamos prefijar también como máximo 300 personas o, la ocupación máxima tendría de partir del cálculo de ocupación que salga aplicando los criterios de espacio exterior seguro (CTE-SI-3.4) y complementariamente se tuvieran que cumplir la condición de que “la anchura de esta salida (la única) permita la evacuación de la totalidad”?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, salvo cuando las características singulares del caso particular en cuestión permitan aceptarlo, con carácter general, un campo de fútbol no puede considerarse espacio exterior seguro. Con independencia de lo anterior, nunca es admisible plantear que el acceso a un espacio exterior seguro se realice saltando una valla.

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