La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 11 de octubre de 2016

[1035] Protección al fuego en estructuras de hormigón

Querría realizar varias consultas sobre el anejo C del CTE-DB-SI.
En el epígrafe C.2.3.4 Forjados bidirecciones indica que:
"Si los forjados disponen de elementos de entrevigado cerámicos o de hormigón y revestimiento inferior (..) bastará con que se cumple lo establecido en el punto 1 del apartado C.2.3.5"
Querría saber si es indispensable que se cumplan las dos condiciones: entrevigado y revestimiento o puede considerarse también lo establecido en la tabla C.4 si no dispone de este revestimiento inferior.
Esta duda es debida al punto 3 del apartado al que te remite C.2.3.5 en el que indica que hay que cumplir la tabla C.2.3.1 si "los elementos de entrevigado no sean de cerámica o de hormigón, o no se haya dispuesto revestimiento inferior(...)" donde no deja claro que deban cumplirse las dos condiciones al mismo tiempo.
Asimismo querria saber cuales son los condicionantes de este revestimiento inferior para que pueda considerarse. es decir, si este elemento debe estar proyectado o aplicado sobre el forjado o sirven también placas atornilladas o incluso un falso techo continuo descolgado y si cualquier materia y de cualquier espesor es válido.
En el epígrafe C.2.4. Capas protectoras en el numero 2 indica que:
"Los revestimientos con mortero de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real (...)"
Quería preguntar si únicamente se puede tomar en consideración el mortero de yeso para calcular 1,8 veces el espesor o si un tendido de yeso también puede calcularse con este 1,8.
Y si no es así, la razón por la que no se puede considerar el tendido de yeso (durabilidad, adherencia....)
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que:
Para poder considerar fuego por una sola cara en forjados de viguetas tienen que cumplirse simultáneamente las dos condiciones.
El revestimiento debe ser continuo y aplicado directamente sobre la base, proyectado o aplicado. Los sistemas atornillados o similares no se contemplan como solución en el DB SI, salvo justificación mediante ensayo.
A efectos del cálculo de un espesor equivalente de hormigón conforme al epígrafe C.2.4. Capas protectoras, se puede tener en cuenta cualquier "pasta" de yeso.

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