La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 21 de abril de 2014

[345] Grupo de presión común para varios edificios de un mismo propietario

Se construyen varias naves en un polígono industrial y todas son de un único propietario, este las alquila a distintos arrendatarios, en las cuales todas tiene un uso comercial con superficie superior a 500 m².
Cuando se construyen todas las naves se les dota de BIEs con un único grupo de presión ubicado en una de las misma, la pregunta es la siguiente ¿Al ser un único propietario vale con el grupo para todas las naves? O ¿Cada arrendatario tiene que tener su instalación independiente?, entiendo que si porque sino quien es el encargado de realizar el mantenimiento de la instalación, o si existen disputas entre arrendatarios como se garantiza que este no corta el suministro al vecino.
Respuesta
En la medida en que cada edificio (nave) sea un establecimiento independiente y deba ser objeto de proyecto y de licencia de actividad independiente, debe cumplir las condiciones reglamentarias exigibles de forma también independiente.

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