La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 28 de febrero de 2014

[317] Escalas fijas

Soy ingeniero industrial y dentro de los trabajos que desarrollo a menudo me encuentro con escalas fijas, para el diseño de las cuáles siempre he usado el punto 4.5 Escalas fijas, del capítulo 4 Escaleras y rampas, del DB-SU, Sección 1, Seguridad frente al riesgo de caídas, pero de la versión que tenía del CTE de Marzo de 2006.
Hoy me ha sorprendido comprobar que en la versión de Febrero de 2010 se ha eliminado todo el apartado.
¿Qué normativa rige entonces ahora estos elementos? De momento sigo usando las mismas restricciones, pero es un poco sorprendente que se haya eliminado un apartado completo.
Respuesta
En relación con su consulta, le informo de que la supresión del apartado 4.5 Escalas fijas, del capítulo 4 Escaleras y rampas, del DB-SU, Sección 1, tuvo lugar en la revisión del DB SU de abril 2009 (hace casi 5 años) en coherencia con la simultánea incorporación (Introducción, punto II) de un párrafo que establece que “la protección frente a los riesgos específicamente relacionados con la seguridad y salud en el trabajo, con las instalaciones y con las zonas y elementos de uso reservado a personal especializado en mantenimiento, reparaciones, etc., se regula en su reglamentación específica”. Por ello, la reglamentación a aplicar a las escalas fijas destinadas a dicho personal ya no es el DB SUA, sino la que regula la seguridad y salud en el trabajo.
Los documentos reglamentarios del CTE vigentes en cada momento, así como otros muchos documentos complementarios del Código, están disponibles en todo momento en: http://www.codigotecnico.org/web/

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