La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 6 de agosto de 2013

[182] Resistencia al fuego de franja en cubierta

En el apartado 2, cubiertas, se indica que la cubierta tendrá una resistencia al fuego REI 60 en una franja situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio, o de un local de riesgo especial alto.
En aquellos casos en que se permite, para cubiertas ligeras, una resistencia R30 (DBSI SI 6, 3.2), ¿se puede entender que el grado de resistencia al fuego de la franja puede ser REI 30 en lugar de REI 60?
Respuesta (Es sustituida por la [548])
Los factores que hacen que el riesgo de fallo de una cubierta ante el fuego sea moderado, haciendo posible que su resistencia al fuego se limite a R 30, no garantizan que el riesgo de propagación por cubierta al que se refiere el artículo SI 2-2 sea también moderado. Por ello, la resistencia al fuego de la franja de cubierta que se disponga conforme a dicho artículo debe ser REI 60 en todo caso.

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