La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 24 de abril de 2013

[089] Resbaladicidad en solados de piedra

Para conocer el índice de resbaladicidad de un material de solado s/ CTE, DB SUA, se debe aportar resultados de ensayo s/ norma UNE ENV 12633 :2003, en el caso de solado de piedra, su norma específica para el marcado CE indica el ensayo UNE EN 14231:2004.
Por las descripciones del ensayo del péndulo de fricción ambos ensayos se realizan en base a la escala C del aparato, siendo en el 1º caso a efectos del CTE siempre en mojado, y en el 2º caso el específico de la piedra para suelo mojado y para suelo seco.
La pregunta es si el índice de resbaladicidad obtenido del ensayo para solados de piedra s/ norma UNE EN 14231, para éste material ¿es el comparable con las tablas del DB SUA, tabla 1.2 Clase exigible a los suelos en función de su localización del SU 1?, o en su caso, ¿es necesario necesariamente obtener el valor de resistencia al deslizamiento Rd mediante el ensayo del péndulo descrito en el Anejo A de la norma UNE-ENV 12633:2003?
Respuesta
El DB SUA con comentarios incluye el siguiente comentario al punto 2 del apartado 1 Resbaladicidad de suelos:
Clasificaciones de producto
Con independencia de clasificaciones específicas de producto, aunque éstas estén relacionadas con la resbaladicidad, siempre se debe comprobar que la clase de los suelos exigida en la tabla 1.2 en función de su localización se ha obtenido conforme a la norma UNE-ENV 12633.
Por lo que queda claro que a día de hoy es necesario obtener el valor de resistencia al deslizamiento mediante el ensayo en húmedo descrito en el anejo A de la norma UNE-ENV 12633:2003. 
Por otro lado, en una revisión del DB SUA que forma parte de una orden ministerial por la que se revisan los DB del CTE y cuya aprobación y publicación es inminente, se incluirá una nota para las "zonas interiores secas" de la tabla 1.2 de este apartado que indicará que:
En estas zonas también se admitirán suelos que ensayados siguiendo el procedimiento en seco descrito en el DA DB-SUA / 3, tengan un valor Rd superior a 40 para superficies con pendiente menor que el 6% y superior a 65 para superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras.
Además, simultáneamente a la aprobación de la revisión antes citada se aprobará y publicará un documento de apoyo (DA DB-SUA/3) que indicará, tanto el procedimiento de ensayo en seco, como una lista de suelos seguros que no requieren ensayo.

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